Reconocimiento de la situación de dependencia
Dónde preguntar
Cita previa (presencial o telefónica) en el 012, o en el 915 80 42 60 desde fuera de Madrid, eligiendo la opción «Dependencia»; de lunes a viernes de 9:00 a 17:00.
Texto oficial
Teléfono de atención al ciudadano 012 (915 80 42 60 para llamadas desde fuera de Madrid) Elige la opción "Dependencia".Fuentes oficiales
Qué es
El reconocimiento de la situación de dependencia permite acceder a los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Es para personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, necesitan de forma permanente ayuda de otras personas para las actividades básicas de la vida diaria. Hay que ser español o extranjero con residencia legal, haber residido en España cinco años (dos inmediatamente anteriores a la solicitud) y residir y estar empadronado en la Comunidad de Madrid. Se solicita sin tasas, por internet o en persona, con documentos como el DNI o NIE, el empadronamiento, un informe de salud de hasta 3 meses y un informe social de los servicios sociales municipales, a los que se recomienda consultar antes. Después, personal socio-sanitario hace la valoración en el domicilio. La resolución fija el grado de dependencia y el Programa Individual de Atención; el plazo máximo es de 6 meses y el silencio es desestimatorio.
Texto oficial
Residir y estar empadronado en la Comunidad de Madrid en la fecha en la que se presenta la solicitud.Fuentes oficiales
- Ámbito
- Comunidad de Madrid
Información oficial
Fuentes oficiales
Cuándo
Cuando por edad, enfermedad o discapacidad una persona necesita ayuda de otra para las actividades básicas de la vida diaria. Hay que residir legalmente en España, haber residido 5 años (los 2 últimos seguidos) y estar empadronado en la Comunidad de Madrid. Se recomienda consultar antes a los servicios sociales municipales.
Texto oficial
Es recomendable que antes de presentar la solicitud, se consulte a los servicios sociales municipalesFuentes oficiales
Pasos
Paso 1: Presentar la solicitud
Ir a la web oficial: Solicitar el reconocimiento de la dependencia (Comunidad de Madrid)Por internet con firma electrónica en la Cuenta Digital, o descargando el formulario relleno y presentándolo firmado en una oficina de registro. No tiene tasa.
Texto oficial
No requiere el pago de tasas
Fuentes oficiales
Paso 2: Valoración en casa
Te llaman por teléfono para fijar día y hora. La valoración la hace personal socio-sanitario en el domicilio o entorno habitual de la persona.
Texto oficial
se lleva a cabo en el domicilio o entorno habitual de la persona interesada.
Fuentes oficiales
Paso 3: Resolución con grado y PIA
Una resolución única fija el grado de dependencia (hay 3) y el Programa Individual de Atención (PIA) con el recurso más adecuado. El plazo máximo es de 6 meses.
Texto oficial
Plazo máximo de resolución 6 meses
Fuentes oficiales
Documentación
Lo que marques se guarda solo en este dispositivo.
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Fuentes oficiales
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Fuentes oficiales
Fuentes oficiales
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Y si cambia la situación?
Se puede pedir la revisión del grado si hay cambios de salud o del entorno. Cualquier cambio en los datos declarados hay que comunicarlo en 15 días.
Texto oficial
cualquier cambio en los datos declarados en el plazo máximo de 15 díasFuentes oficiales
¿Dónde pregunto?
Oficina de Información, C/ Agustín de Foxá, 31 (con cita previa), o el 012 (915 80 42 60 desde fuera de Madrid), opción «Dependencia».
Texto oficial
Elige la opción "Dependencia".Fuentes oficiales
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